Impuestos
Julio 15th, 2008 at 04:34pm
Under General+ Impuestos+ Otros temas
Comunicae
Los arrendadores no saben que pueden reducir por el arrendamiento por vivienda.
El gabinete fiscal de Alquiler Seguro manifiesta en su informe anual emitido tras la campaña RENTA 2007, que el 70% de los clientes que utilizaron sus servicios desconocía la posibilidad de reducir el 100% del rendimiento por arrendamiento de vivienda.
Esta reducción en el arrendamiento de vivienda que prevé el art. 23.2 de la ley y que puede suponer un ahorro de hasta 1.200€ en la cuota resultante de la autoliquidación para rentas medias, procede siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley:
- Que el arrendatario tenga entre 18 y 35 años de edad.
- Haya obtenido durante el período impositivo rendimientos del trabajo o de actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
- Comunique por escrito al arrendador el cumplimiento de estos requisitos.
El informe destaca, que uno de los principales problemas que los arrendadores conocedores de esta reducción han encontrado, consiste en la dificultad de obtener a tiempo la comunicación por parte de los inquilinos del cumplimiento de los requisitos, al tener que producirse antes del 31 de Marzo.
Por otra parte, y haciendo hincapié en esta novedad fiscal, gran parte de las dudas surgieron al indicar la norma que la reducción del 100% no podrá aplicarse en caso de rendimientos negativos, generando la controversia al no aclarar que en ningún caso el rendimiento neto por arrendamiento puede contabilizarse negativo en el IRPF, debiendo tenerse en cuenta el exceso de gasto en los cuatro años posteriores.
Para los clientes de Alquiler Seguro ha supuesto una grata sorpresa comprobar que una de las prestaciones incorporadas al servicio AS es la obtención de dicha comunicación, realizada en tiempo y forma, y suministrada junto con la “Información de Interés Fiscal” emitida en el mes de Abril.
Por monica
Abril 25th, 2008 at 01:17pm
Under General+ Impuestos+ Ayudas y subvenciones
La memoria del decreto de medidas urgentes enviada por el Ministro de Economía al Congreso calcula que 1.736.000 contribuyentes, el 10% del total de beneficiarios, no podrá acogerse en su integridad a la deducción de 400 euros en el Impuesto sobre la Renta (IRPF), por no alcanzar la cuota necesaria para ello.
De este colectivo que no podrá disfrutar de la deducción en el IRPF, 1.650.000 son asalariados y 86.000 empresarios o autónomos.
La media por la que los contribuyentes podrán deducirse se calcula en 348 euros anuales.
La memoria hace hincapié en que los 5.698 millones de euros que Hacienda dejará de recaudar como consecuencia de esta nueva deducción serán asumidos en su integridad por el Estado, sin que este coste incida en la cesión parcial del IRPF a las Comunidades Autónomas.
Por monica
Abril 8th, 2008 at 07:19pm
Under Impuestos+ Debes saber que
Por primera vez, en el ejercicio de la Declaración de la Renta 2008, los seguros que cubren riesgos de dependencia severa y gran dependencia, gozan de las mismas ventajas fiscales que los productos de previsión social.
Así, las primas satisfechas al seguro de dependencia se podrán reducir de la base imponible con estos límites:
-
Para menores de 50 años, la menor de estas cantidades -10.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
-
Para mayores de 50 años, la menor de estas cantidades -112.500 euros o el 50% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
Por monica
Marzo 6th, 2008 at 06:50pm
Under Impuestos
El Impuesto de Sociedades
La Constitución española de 1978 establece en su artículo 31: “Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica”.
Si quien manifiesta su capacidad económica obteniendo renta es una persona jurídica: sociedad, asociación, fundación, etc. la obligación de contribur se lleva a cabo por medio del Impuesto sobre Sociedades IS.
El Impuesto de Sociedades viene regulado por el Real Decreto Legislativo 4 2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
El artículo 1 del TRLIS define el IS como un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
El IS constituye un complemento del IRPF en el marco de un sistema tributario sobre la renta, al constituir una retención en la fuente respecto de las rentas del capital obtenidas por las personas físicas a través de su participación en entidades jurídicas.
Por admin
Marzo 3rd, 2008 at 09:52pm
Under General+ Impuestos
Los contribuyentes podrán solicitar a partir de hoy a la Agencia Tributaria el borrador de la declaración del IRPF.
Se trata del anticipo de la Campaña de la Renta, que este año tiene como principal novedad, que serán las primeras declaraciones que se elaborarán con el nuevo IRPF que entró en vigor en 2007.
El borrador de la declaración se podrá solicitar entre el 3 de marzo y el 23 de junio, a través de Internet, teléfono o personándose en la oficina tributaria correspondiente.
Los borradores se podrán confirmar entre el 1 de abril y el 30 de junio.
Por su parte, la Campaña de la Renta se inicia como todos los años el 2 de mayo, y termina el 30 de junio.
Por admin
Febrero 21st, 2008 at 09:40pm
Under Impuestos
Gestha, el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, calcula que el 86% de las fortunas españolas con más de 10 millones de euros, no declara el Impuesto de Patrimonio. Esta afirmación de Gestha se basa en un cruce de datos efectuado entre la Agencia Tributaria y la banca privada.
Sin embargo, Hacienda califica de “descabelladas” las conclusiones de Gestha, cuyos datos, según ellos, no tienen en cuenta que muchas personas están legalmente exentas de declarar el Impuesto de Patrimonio.
En este informe, Gestha señala también, que casi el 20% de las personas con bienes entre medio millón y un millón de euros defrauda al Tesoro Público.
Por admin
Febrero 8th, 2008 at 08:42pm
Under Impuestos
El partido socialista anuncia que si gana las elecciones del próximo marzo, las devoluciones del IVA- Impuesto sobre el Valor Añadido- dejarán de ser anuales para pasar a ser trimestrales. Esta medida irá acompañada de una simplificación del impuesto IVA, y otras medidas orientadas a apoyar a las empresas.
Principalmente el Gobierno busca fórmulas para ayudar a que las empresas constructoras con problemas derivados de las restricciones financieras impuestas por las entidades bancarias puedan superar esta coyuntura. Dicho en palabras de la Secretaria de Política Económica, se trata de crear las condiciones para renovar una situación que impida a algunas empresas obtener recursos como consecuencia de la falta de liquidez.
Por admin
Enero 22nd, 2008 at 06:19pm
Under Impuestos
Impuestos que gravan la compraventa de una vivienda. Para poder inscribir una propiedad en el Registro de la Propiedad, a parte de las diferentes comprobaciones que tenga que llevar a cabo el registrador de la propiedad, legitimidad del título, extensión de la finca, etc. se deben pagar una serie de impuestos que dependerán de que la vivienda sea nueva, es decir, de primera adquisición o de segunda mano.
En el caso de una vivienda nueva la transmisión está sujeta al pago de IVA, a un tipo del 7% sobre el valor del inmueble. Además el comprador debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales, con un tipo del 0.5%.
En el caso de vivienda de segunda mano. El comprador debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al tipo del 6%, sobre el valor real de adquisición, que es el valor de la compraventa declarado en la escritura pública.
Por admin